PREFIEREN PÁGINAS WEB MULTIMILLONARIAS AL
DERECHO A UNA EDUCACIÓN DIGNA
Mediante oficio Nº 10932 (17 de setiembre, 2002- DI-AA-2810) la
Contraloría refrendó el contrato por servicios de elaboración
de la página web del ICT, a una empresa que cobró la suma
de casi 300 millones de colones, inversión por demás excesiva
y descabellada en un país donde hay escuelas al aire libre y
sin pupitres por falta de presupuesto.
Consultas realizadas en el mercado, evidenciaron que la elaboración
de la página de un banco nacional, con requerimientos delicados
que involucran desde transacciones internacionales en línea hasta
"barreras de fuego" y otros elementos de protección
contra los hackers, costará menos de la mitad de lo que costó
la página del ICT.
Además, la página del ICT ni siquiera alcanza a aparecer
en la selección de las cincuenta páginas más visitadas
en Costa Rica de acuerdo con la medición mundial que realiza
la organización Alexa.com, donde sí han corrido mejor
suerte un entrenador de fútbol y el Chavo del ocho. El Banco
Nacional y la Universidad Latina, cuyas páginas sí están
entre las cincuenta más visitadas, elaboraron las mismas con
personal de sus departamentos de cómputo, sin ni siquiera tener
que recurrir a multimillonarias inversiones para ello.
Incluso, la empresa contratada fue el consorcio estadounidense (Despegar.com
Inc.- Global Bay Inc.) que abrió una empresa en Costa Rica (Soluciones
Globales del Norte S.A.), sin considerarse que, a pesar de la "nacionalización"
de la empresa matriz, la exportación de capitales será
un hecho real.
La Administración planteó con errores el cartel, originando
una confusión que malogró el proceso licitatorio al cual
acudieron seis empresas (evidenciando así la rentabilidad e interés
del servicio). Sin embargo, en una segunda gestión, pidió
a la Contraloría su visto bueno para realizar una contratación
directa alegando un alto costo de oportunidad si esto no se lograba
pronto. Si la urgencia era tan perentoria, el problema era del ICT,
que desperdició la oportunidad de la licitación -que además
es altamente costosa para el Estado- por ineptitud, cuando debió
haber aprovechado la licitación inicial y no forzar posteriormente,
una contratación directa.
Finalmente, recurriendo al artículo 2 inciso h) de la Ley de
Contratación Administrativa y al artículo 83 de su Reglamento,
la Contraloría adujo que existían suficientes motivos
de "interés público" para avalar la contratación
directa.
Sin embargo, la Fracción del Partido Acción Ciudadana
considera que el principal atentado contra el interés público
es precisamente el pago de un precio tan desorbitado por una página
web, cuando tantos niños reciben clases al aire libre y sin siquiera
condiciones mínimas cubiertas, por "problemas de presupuesto".
¿Cuáles son nuestras prioridades de desarrollo?
24-Octubre-03 No. 85
OFICINA DE COMUNICACIÓN CIUDADANA
FRACCION PARTIDO ACCION CIUDADANA